Decreto 9052 En Relación con la Empresa Privada
con rango, valor y fuerza de ley que
promuve y regula las nuevas formas asociativas conjuntas entre el Estado, la
iniciativa comunitaria y privada para el desarrollo de la economía nacional.
Tiene por objeto normalizar nuevas formas asociativas de transición al
socialismo. Dispone que el Estado, conjuntamente con la iniciativa comunitaria
y privada, promoverá la creación de nuevas formas asociativas, estableciendo un
mínimo de 40 por ciento de participación accionaria del Estado, para generar un
alto valor agregado nacional, garantizando la seguridad jurídica la solidez, dinamismo, sustentabilidad,
permanencia y equidad en el crecimiento económico, mediante una planificación
estratégica democrática y participativa.
El Estado conjuntamente con la iniciativa comunitaria y privada, promoverá la creación de nuevas formas asociativas, estableciendo un mínimo de 40% de participación accionaria del Estado, para generar un alto valor agregado nacional, garantizando la seguridad jurídica, de éstas, la solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad, en el crecimiento económico, mediante una planificación estratégica democrática participativa.
ALIANZAS ESTRATÉGICAS: es el acuerdo que se desprende entre una empresa privada o comunitaria y el Estado Nacional a efectos de compartir procesos productivos, bien sea en una misma actividad o en encadenamientos asociados. En estas alianzas las empresas involucradas conservan su identidad jurídica por separado y establecen la asociación para los fines descritos.
2. EMPRESAS CONJUNTAS: es una empresa mixta cuyo capital accionario por parte del Estado Nacional sea un mínimo de 40%. En el caso que el Estado no represente la mayoría accionaria contará con la potestad del derecho al veto en decisiones de carácter estratégico. Estas empresas conjuntas pueden o bien ser nuevas o producto de incorporación por vía accionaria.
3. CONGLOMERADOS: es un conjunto de empresas públicas y/o privadas que se asocian para un fin determinado planificando esquemas conjuntos para adquisición de materias primas, marcas colectivas, producción, distribución y comercialización. Contarán con una empresa del Estado o conjunta para agrupar los procesos de escala, tanto de importación directa, como de coordinación de actividades, de distribución, logística y comercialización.
2. EMPRESAS CONJUNTAS: es una empresa mixta cuyo capital accionario por parte del Estado Nacional sea un mínimo de 40%. En el caso que el Estado no represente la mayoría accionaria contará con la potestad del derecho al veto en decisiones de carácter estratégico. Estas empresas conjuntas pueden o bien ser nuevas o producto de incorporación por vía accionaria.
3. CONGLOMERADOS: es un conjunto de empresas públicas y/o privadas que se asocian para un fin determinado planificando esquemas conjuntos para adquisición de materias primas, marcas colectivas, producción, distribución y comercialización. Contarán con una empresa del Estado o conjunta para agrupar los procesos de escala, tanto de importación directa, como de coordinación de actividades, de distribución, logística y comercialización.
FORMAS DE PROPIEDAD: En el marco del proceso de transición al socialismo, se impulsan nuevas formas asociativas que permitan sembrar injertos de transformación del metabolismo del capital. El Estado promoverá las formas de propiedad privada no monopólica, social, directa, indirecta o combinaciones que originen formas de propiedad mixta.
2. RELACIÓN PRODUCTO- SATISFACCIÓN DE NECESIDADES: La definición de los productos priorizados no está enmarcada en la lógica del mercado. Es el criterio social lo que define las demandas, dentro del contexto estratégico de los planes de desarrollo de la nación, siendo prioritarias las necesidades más esenciales: alimentación, salud, vivienda, vestido, educación, ciencia y tecnología, cultura.
3. SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES / IMPULSO DE EXPORTACIONES NO TRADICIONALES: Consolidar nuestra soberanía productiva, al impulsar la sustitución de importaciones y promover las exportaciones no tradicionales, con el objeto de fortalecer la producción de bienes y servicios cuya importación ha requerido la utilización de una enorme cantidad de divisas, debilitando nuestra economía.
4. CULTURA DEL TRABAJO: Atender el cambio del modelo rentístico capitalista, mediante el fomento de la cultura del trabajo como estrategia central para la transición y construcción del socialismo.
5. REDES COMERCIALES: Los proyectos financiados deben estar al servicio de la creación de un nuevo tipo de comercio, un comercio social, justo, eliminando la intermediación y la especulación.
6. CARÁCTER ECOLÓGICO DE LAS UNIDADES DE PRODUCCIÓN: Estimular la inserción del aspecto ecológico, en función de tender a la creación de unidades de producción con bajo consumo energético, bajas emisiones contaminantes al ambiente, adecuado manejo de desechos sólidos, en consonancia con el entorno sociocultural.
2. RELACIÓN PRODUCTO- SATISFACCIÓN DE NECESIDADES: La definición de los productos priorizados no está enmarcada en la lógica del mercado. Es el criterio social lo que define las demandas, dentro del contexto estratégico de los planes de desarrollo de la nación, siendo prioritarias las necesidades más esenciales: alimentación, salud, vivienda, vestido, educación, ciencia y tecnología, cultura.
3. SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES / IMPULSO DE EXPORTACIONES NO TRADICIONALES: Consolidar nuestra soberanía productiva, al impulsar la sustitución de importaciones y promover las exportaciones no tradicionales, con el objeto de fortalecer la producción de bienes y servicios cuya importación ha requerido la utilización de una enorme cantidad de divisas, debilitando nuestra economía.
4. CULTURA DEL TRABAJO: Atender el cambio del modelo rentístico capitalista, mediante el fomento de la cultura del trabajo como estrategia central para la transición y construcción del socialismo.
5. REDES COMERCIALES: Los proyectos financiados deben estar al servicio de la creación de un nuevo tipo de comercio, un comercio social, justo, eliminando la intermediación y la especulación.
6. CARÁCTER ECOLÓGICO DE LAS UNIDADES DE PRODUCCIÓN: Estimular la inserción del aspecto ecológico, en función de tender a la creación de unidades de producción con bajo consumo energético, bajas emisiones contaminantes al ambiente, adecuado manejo de desechos sólidos, en consonancia con el entorno sociocultural.
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